El Despacho participa en un reportaje de El Confidencial sobre cómo las empresas que invierten a través de sociedades localizadas en países como Luxemburgo temen una ofensiva de Hacienda que ataque este tipo de estructuras. Siro Barro, Socio del departamento de Derecho Fiscal del Despacho, apunta que «la Audiencia Nacional recordó que la carga de la prueba le incumbe a la Administración Tributaria, quien no podrá limitarse a aplicar la cláusula antiabuso por el mero hecho de que la matriz del grupo [el beneficiario efectivo] no sea comunitaria». Añade que, siguiendo el criterio del TJUE, la clave estaría en los flujos financieros de los dividendos o intereses y en si hay acuerdo de inmediato reparto entre sociedades. «Convendrá analizar cada caso, determinando no solo la razonabilidad lógica y económica acerca de la existencia de la sociedad interpuesta, sino también cómo y cuándo se dispondrá por el grupo de esas rentas obtenidas por la participada española, en concepto de intereses o dividendos», señala el Socio del Despacho.