Eva Hernández, Socia responsable del Departamento de Derecho Laboral del Despacho, participa en una información publicada por El Economista sobre el rechazo de la Justicia al uso de la jornada reducida para cuidar de un hijo con la intención de blindarse ante un despido.
La información se basa en varias sentencias, entre ellas una del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del 8 de junio de 2023 y otra del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 25 de enero de 2021.
Eva Hernández destaca que “en ambas sentencias se da una premisa trascendente, que es que la decisión de despedir ya estaba tomada antes de que el empleado solicite su reducción de jornada”. A lo que añade que en ellas concurren tres circunstancias como denominador común: el trabajador conoce que se le va a despedir, diseña una estrategia para evitar la notificación de cese y no hay ninguna circunstancia que exija mayor dedicación a los hijos. Y concluye que “debemos apelar a una reflexión muy simple, y es que, de igual manera que no se puede despedir a alguien que se reduce la jornada para cuidado de un familiar porque es legal, no se puede admitir que un trabajador no pueda ser despedido porque se quiera blindar in extremis con una aparente reducción de jornada por guarda legal”.