El Despacho participa en una información publicada por El Confidencial sobre el embrollo fiscal y laboral al que se enfrentan las empresas españolas para dejar Rusia. En la información, Siro Barro, nuestro Socio Responsable del Departamento de Derecho Fiscal, explica, en relación a las pérdidas a las que se puedan enfrentar en la matriz por venta o cierre de la filial rusa, que «cabe recordar que el importe de esa renta negativa deberá minorarse en el de los dividendos o participaciones en beneficios recibidos de la filial rusa en los diez años anteriores a la fecha de la extinción, siempre que los referidos dividendos o participaciones en beneficios no hayan minorado el valor de adquisición y se haya permitido a la matriz española la aplicación de un régimen de exención o de deducción para la eliminación de la doble imposición».