Siro Barro, Socio del Departamento de Derecho Fiscal del Despacho, participa en una información publicada por Cinco Días sobre el previsible regreso de muchos de los españoles que hace una década trasladaron su residencia fiscal a Portugal acogiéndose entonces al régimen especial de residentes no habituales, dado que este tiene un límite temporal de 10 años.
El experto explica que “pasados 10 años empezarán a tributar por el régimen general si mantienen su residencia en Portugal, perdiendo de esta forma la ventaja”. Al mismo tiempo, señala que “tras diez años en Portugal estos contribuyentes pueden regresar a España y mantener prácticamente las mismas ventajas fiscales que tenían allí”, dado que podrían acogerse a la conocida como ley Beckham con efectos para los seis años siguientes, siempre que cumplan determinados requisitos.