Eva Hernández, Socia responsable del área de Derecho Laboral de Escalona & de Fuentes, publica un artículo en Cinco Días Legal en el que analiza una sentencia del TS del 20 de diciembre de 2024 en la que se refuerza la protección de los empleados. En ella se establece que, si un trabajador presenta indicios razonables de que su despido responde a una represalia por una queja o una reclamación cuando la causa alegada por la empresa es otra y no presenta pruebas, el despido podría llegar a ser declarado nulo.
La sentencia es resultado de que la empresa no demostrase que la medida disciplinaria no estuviera vinculada a las quejas del empleado, mientras que este sí aportó indicios de represalia. Se concluyó que la empresa buscaba deshacerse de un trabajador “molesto y reivindicativo”.
Con esta sentencia el TS ha creado doctrina, ya que supone un paso adelante firme en la protección de los trabajadores frente a despidos injustificados, pues se excepciona lo que venía siendo la regla general de que una reclamación interna no activaba la garantía de indemnidad, al garantizarse que el ejercer un derecho por sí solo no pueda ser motivo de represalia. Sin embargo, también introduce un nuevo reto para las empresas, que deberán extremar el control documental de sus decisiones disciplinarias para evitar que la norma sea utilizada de manera oportunista.