Vacío legal en los despidos disciplinarios

Nuestra Socia Eva Hernández, Responsable del área de Derecho Laboral de Escalona & de Fuentes, analiza en Expansión el vacío legal que afecta a los despidos disciplinarios y cómo afrontarlo desde la empresa.

Desde noviembre de 2024 las empresas se enfrentan a una nueva dificultad: la obligatoriedad de realizar un trámite de audiencia previa al trabajador sin que exista un procedimiento legalmente regulado en el Estatuto de los Trabajadores.

Eva Hernández explica en la información del diario Expansión que esta situación genera “cierta inseguridad jurídica” para las compañías, ya que la jurisprudencia establece la necesidad de conceder un plazo para que el trabajador formule alegaciones, pero no fija los tiempos ni el modo en que debe realizarse. También apunta que “hay convenios colectivos que sí establecen los plazos para la audiencia previa. Pero si no se establece en convenio no se puede dar un plazo de un día para otro para el pliego de descargos, 72 horas suele ser un plazo razonable”.

Por otra parte, la Socia responsable del área de Derecho Laboral de Escalona & de Fuentes señala que hay una parte positiva para el empresario, “que puede intuir posibles nulidades por el pliego de descargos”.

En Escalona & de Fuentes, nuestro equipo laboralista acompaña a las compañías en este tipo de procesos para minimizar riesgos y garantizar seguridad jurídica, aportando una visión práctica y estratégica en un contexto legal en constante evolución.

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