La Socia responsable del área de Derecho Laboral de Escalona & de Fuentes, Eva Hernández, participa en una información publicada por Expansión sobre una reciente sentencia del Tribunal Supremo relativa a la aplicación de convenios colectivos en empresas con distintas líneas de actividad.
El fallo avala la posibilidad de que convivan varios convenios colectivos dentro de una misma empresa cuando existan actividades diferenciadas y quede acreditada cuál es la actividad económica preponderante de la compañía. La resolución rechaza así la aplicación automática del convenio correspondiente al área con mayor número de trabajadores y refuerza un análisis basado en criterios organizativos, productivos y económicos.
Por otra parte, en su intervención, Eva Hernández destaca la relevancia de una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 19 de enero de 2026, especialmente significativa para el sector servicios, en la que el Alto Tribunal reafirma que la actividad económica mayoritaria debe determinar el convenio colectivo aplicable.
Tal y como señala la responsable del área Laboral del Despacho, esta doctrina consolida el principio de “actividad preponderante” y aporta una mayor seguridad jurídica a las empresas con estructuras y servicios diversificados.
