Siro Barro analiza en El Confidencial el refuerzo del control fiscal sobre los no residentes en España

La publicación de la Orden HAC/623/2026 supone un nuevo paso en la estrategia de la Agencia Tributaria para reforzar el control de las rentas obtenidas en España por contribuyentes no residentes. La norma introduce modificaciones relevantes en los modelos 210, 211, 213 y 296 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), incorporando nuevas obligaciones de información y mayor detalle en determinadas declaraciones.

Con motivo de estas novedades, Siro Barro, socio responsable del Departamento Fiscal de Escalona & de Fuentes, ha participado en una información publicada por El Confidencial sobre el alcance práctico de las medidas y sus implicaciones para inversores, propietarios de inmuebles y contribuyentes no residentes con intereses económicos en España.

Entre las principales novedades destaca la creación del anexo 210R para la declaración de dividendos percibidos por no residentes. Este nuevo documento exigirá incorporar información adicional como el código ISIN de los valores, identificadores LEI y datos relativos al mercado de cotización.

Según explica Siro Barro, la incorporación de estos datos permitirá a la Administración tributaria incrementar la trazabilidad de las operaciones y reforzar el control sobre las devoluciones de retenciones aplicadas a contribuyentes no residentes.

La orden también introduce nuevas exigencias para la declaración de rentas derivadas del alquiler de inmuebles situados en España. A partir de ahora será necesario detallar individualmente los gastos deducibles, así como aportar información específica sobre los días de arrendamiento, porcentaje de titularidad y referencia catastral de cada inmueble. Estas modificaciones facilitan el contraste automático de información por parte de la Agencia Tributaria y refuerzan los mecanismos de comprobación en materia de fiscalidad inmobiliaria para no residentes.

Las nuevas obligaciones informativas coinciden con una etapa de importantes cambios en la interpretación de la normativa aplicable a los contribuyentes no residentes. En este sentido, Siro Barro recuerda que la Audiencia Nacional reconoció en 2025 el derecho de los no residentes extracomunitarios a deducir determinados gastos vinculados al alquiler de inmuebles, una cuestión pendiente todavía de pronunciamiento definitivo por parte del Tribunal Supremo.

Asimismo, continúan abiertos distintos procedimientos relacionados con la equiparación del tratamiento fiscal entre residentes y no residentes en materia de reducciones aplicables a los rendimientos del alquiler de vivienda.